TRANSPARENCIA
PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE LA INFORMACIÓN
- La solicitud debe ser realizada por escrito y dirigida al funcionario designado por la municipalidad para realizar esta labor. Si este no ha sido designado, la solicitud se dirige al funcionario que tiene en su poder la información requerida o al superior inmediato.
- Sólo puede ser denegado el acceso a la información que está sujeta a las excepciones establecidas por la Ley de transparencia y acceso a la información.
- Si la Municipalidad no permite el acceso a la información que no forma parte de las excepciones contempladas el solicitante puede optar por iniciar el proceso contencioso administrativo, de conformidad con lo señalado en la Ley Nº 27584 u optar por el proceso constitucional del Hábeas Data, de acuerdo a lo señalado por la Ley Nº 26301.